Eleccions a Corts, judici per robatori...
27 dabril de 1903 | ELECCIONS A CORTS
Resultado de las elecciones para diputados á Cortes celebradas ayer en la circunscripción de Tarragona - Reus - Falset.
Cambrils: Morenes, 152; Cañellas, 183; Guasch, 95; Fontana, 188; Suelves, 25; Mayner, 100; Nogués, 50.
Totales: 5.091, 4.633, 3.062, 2.421, 4.097, 7.549, 6.263.
30 dabril de 1903 | COBRAMENT DIMPOSTOS
Según expresamos en el extracto del Boletín Oficial se han señalado ya los días en que se efectuará la cobranza del actual trimestre.
Por lo que afecta á los pueblos de este partido, el señalamiento es el siguiente: Cambrils, 17 al 19.
6 de maig de 1903 | JURATS POPULARS
Jurados del partido de Reus. Para actuar en el cuatrimestre corriente, han resultado elegidos los siguientes cabezas de familia:
Cambrils: Benito Ferré Rovira, José Cabré Castellví.
Los señalamientos de las causas en que han de intervenir son los que siguen, todos correspondientes al actual mes de Mayo:
Días 11 y 12. Causa sobre robo contra Enrique y Fernando Benoit Lafose.
Día 13. Causa sobre robo contra Joanquín Sardá y Ramón Vilella.
Día 14. Causa sobre robo contra José Domingo.
Día 15. Causa sobre robo contra Francisco Pamies Vendrell.
16 de maig de 1903 | JUDICI PER ROBATORI
En la Audiencia de Tarragona, se ha reunido el Jurado del partido de Reus, para ver y fallar la causa contra el vecino de Cambrils, José Domingo Cusidó, confeso, por el delito de robo.
El día 25 de Noviembre último, el procesado se apoderó de la llave del domicilio de su pincipal en ocasión de llevarla la esposa de éste en un cesto, con la cual abrió la casa habitación de dicho su principal y penetrando en ella se apoderó de la cantidad de 12 pesetas.
Declararon varios testigos, después de lo que pronunció su informe el Teniente Fiscal Sr. Laliga, ratificándose en sus conlcusiones provisionales y calificando el hecho de autos de un delito de robo, provisto y penado en el artículo 525, número 3º, párrafo último del vigente Código Penal.
El abogado encargado de la defensa de José Domingo se ratificó asimismo en las suyas; en las que calificaba el hecho de delito de hurto, penado en el artículo 531 del propio Código, pidiendo en su consecuencia se aplicara al procesado la pena correspondiente en su grado mínimo.
Resumidos los debates y las pruebas por el Sr. Presidente, se suspendió la sesión para que el Jurado deliberara y emitiera veredicto.
Reanudado el juicio, el presidente del Tribunal popular dió lectura á las preguntas formuladas por el derecho, las que fueron contestadas afirmativamente, siendo por tanto, de culpabilidad el veredicto emitido.
Acto seguido los señores de la Sala se retiraron para dictar sentencia, por la cual se condenó al procesado José Domingo Cusidó a la pena de 2 años, 11 meses y 1 día de presidio correccional, 20 pesetas de indemnización y pago de costas; abonándosele todo el tiempo de prisión preventiva sufrida.
Resultado de las elecciones para diputados á Cortes celebradas ayer en la circunscripción de Tarragona - Reus - Falset.
Cambrils: Morenes, 152; Cañellas, 183; Guasch, 95; Fontana, 188; Suelves, 25; Mayner, 100; Nogués, 50.
Totales: 5.091, 4.633, 3.062, 2.421, 4.097, 7.549, 6.263.
30 dabril de 1903 | COBRAMENT DIMPOSTOS
Según expresamos en el extracto del Boletín Oficial se han señalado ya los días en que se efectuará la cobranza del actual trimestre.
Por lo que afecta á los pueblos de este partido, el señalamiento es el siguiente: Cambrils, 17 al 19.
6 de maig de 1903 | JURATS POPULARS
Jurados del partido de Reus. Para actuar en el cuatrimestre corriente, han resultado elegidos los siguientes cabezas de familia:
Cambrils: Benito Ferré Rovira, José Cabré Castellví.
Los señalamientos de las causas en que han de intervenir son los que siguen, todos correspondientes al actual mes de Mayo:
Días 11 y 12. Causa sobre robo contra Enrique y Fernando Benoit Lafose.
Día 13. Causa sobre robo contra Joanquín Sardá y Ramón Vilella.
Día 14. Causa sobre robo contra José Domingo.
Día 15. Causa sobre robo contra Francisco Pamies Vendrell.
16 de maig de 1903 | JUDICI PER ROBATORI
En la Audiencia de Tarragona, se ha reunido el Jurado del partido de Reus, para ver y fallar la causa contra el vecino de Cambrils, José Domingo Cusidó, confeso, por el delito de robo.
El día 25 de Noviembre último, el procesado se apoderó de la llave del domicilio de su pincipal en ocasión de llevarla la esposa de éste en un cesto, con la cual abrió la casa habitación de dicho su principal y penetrando en ella se apoderó de la cantidad de 12 pesetas.
Declararon varios testigos, después de lo que pronunció su informe el Teniente Fiscal Sr. Laliga, ratificándose en sus conlcusiones provisionales y calificando el hecho de autos de un delito de robo, provisto y penado en el artículo 525, número 3º, párrafo último del vigente Código Penal.
El abogado encargado de la defensa de José Domingo se ratificó asimismo en las suyas; en las que calificaba el hecho de delito de hurto, penado en el artículo 531 del propio Código, pidiendo en su consecuencia se aplicara al procesado la pena correspondiente en su grado mínimo.
Resumidos los debates y las pruebas por el Sr. Presidente, se suspendió la sesión para que el Jurado deliberara y emitiera veredicto.
Reanudado el juicio, el presidente del Tribunal popular dió lectura á las preguntas formuladas por el derecho, las que fueron contestadas afirmativamente, siendo por tanto, de culpabilidad el veredicto emitido.
Acto seguido los señores de la Sala se retiraron para dictar sentencia, por la cual se condenó al procesado José Domingo Cusidó a la pena de 2 años, 11 meses y 1 día de presidio correccional, 20 pesetas de indemnización y pago de costas; abonándosele todo el tiempo de prisión preventiva sufrida.